AUTOSEGURO PÚBLICO PROVINCIAL CHUBUT
La provincia del Chubut se ha adherido al régimen de Autoseguro Público Provincial, establecido en el artículo 5° de la Ley Nacional N° 27.348, mediante Ley XXll N° 50.
A tal fin, el régimen de Autoseguro Público Provincial, dependiente de la Unidad Ejecutora Provincial, ejecutará las prestaciones médicas o dinerarias en caso de corresponder, que prescribe la Ley N° 24.557 y sus modificatorias.
Quedando a cargo de la Fiscalía de Estado los reclamos judiciales.
¿Cuáles son las dos condiciones legales requeridas para adherirse al régimen del autoseguro?
- Solvencia Económica- financiera para afrontar las prestaciones que establece la Ley N°24.557
- Garantizar los servicios necesarios para otorgar las prestaciones de asistencia médica y las demás previstas en la Ley.
¿Qué hacer ante un accidente?



CeCAP (Centro Coordinador de Atención Permanente)
- 0800-348-1033
Denuncias y Urgencias- Lunes a Domingo, las 24 horas.
Centro de Atención al Asegurado
- 0800-345-5663
Consultas y reclamos- Lunes a Viernes, de 08:00 a 15:00 horas
Mail para denuncias
Además, también deberá descargar y completar el Formulario de Denuncia, el cual deberá ser firmado por el responsable del área correspondiente.
Desde aquí, usted puede acceder y descargar las tablas completas de Enfermedades Profesionales y Accidentes de Trabajo.
Además, también deberá descargar y completar el Formulario de Denuncia, el cual deberá ser firmado por el responsable del área correspondiente.
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